Micelio
Auto24 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Lopez Gonzalez Laidys·Demandado En Averiguacion De Responsables

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Legitime A La Fiscalía Para Promover Un Conflicto Entre La Jurisdicción Ordinaria Y La Justicia Penal Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 19 Seccional de Magangué (Bolívar) y el Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar y Policial de Cartagena de Indias.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una denuncia penal interpuesta por una ciudadana en contra de unos agentes de policía, por presuntas irregularidades durante una diligencia de registro y allanamiento.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte constató que no se acreditó el primero.

Frente al particular, la Sala Plena recordó las reglas fijadas en la sentencia SU-190/21 y en los Autos 704 y 1163 de 2021 relacionadas con la legitimación de la Fiscalía General de la Nación para proponer directamente el conflicto entre jurisdicciones, específicamente, respecto de la Justicia Penal Militar, la cual está circunscrita únicamente a aquellos eventos en que la conducta que se investiga pueda constituir una grave violación a los Derechos Humanos, tal y como la que comportan, por ejemplo, los crímenes de genocidio, los de lesa humanidad, los crímenes de guerra, entre otros, lo que no se acreditó en el asunto objeto de estudio.

Con base en lo anterior, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y ordenó enviar el expediente al Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar y Policial de Cartagena de Indias para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción promovido entre la Fiscalía 19 Seccional de Magangué (Bolívar) y el Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar y Policial de Cartagena de Indias, por incumplirse el presupuesto subjetivo para su configuración.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1114 al Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar y Policial de Cartagena de Indias para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.